Quinto testimonio (bis): EOI


Antes de nada una disculpa, ayer no actualicé el blog – debe ser la primera vez que rompo la costumbre de actualizar el blog a diario- porque, siguiendo una costumbre muy arraigada en el sur de España, dediqué mi día a la playa, la pereza y la autocomplacencia personal.  Después de la racha que llevaba empollando, me lo he ganado. Pero no os preocupéis, que no os olvido. Después de ver el número de visitas a mi blog de ayer, me da cargo de conciencia no tener nada nuevo en la página.

Y sin embargo, hay una cosa nueva que contar. Es a propósito de mi amigo, el de la escuela de idiomas, cuya historia viene detallada en el quinto testimonio. En síntesis, para quien no lo haya leido, él se examinaba por inglés para la Escuela de Idiomas y fue suspendido por un tribunal en el cual había dos miembros que no eran de inglés, de tal manera que había allí dos personas que no le entendieron mientras se estaba examinando. Como es lógico, este amigo acudió a pedir explicaciones por su suspenso y acudió al tribunal para preguntar por su desempeño en las dos pruebas: escrita y oral. ¿Qué le respondió el presidente del tribunal? Que el escrito no lo habían corregido ellos (¡!) y que del oral no estaba autorizado a dar información (¡!) y sólo podía decirle que otros lo habían hecho mejor.

Este señor, aparte de ser antipedagógico, es un mentiroso:

1. Es antipedagógico porque se supone que la mayor utilidad de la evaluación es EDUCATIVA: una calificación carece de sentido si no se le explica a quien la recibe qué ha ido mal y cómo puede mejorarlo. Me podréis decir que la finalidad de una oposición no es educar, y es verdad, pero… son docentes los que están de tribunales y se supone que pretenden evaluar a otros futuros docentes.

2. Es un mentiroso, porque los exámenes de la EOI (Escuela Oficial de Idiomas) se rigen por la misma normativa que rige las oposiciones para profesor de secundaria. Conozco bien esa normativa y puedo asegurar que el tribunal que se asigna a cada opositor por la EOI  es el que corrige todas las pruebas, está para eso. Insinuar al que el escrito puede corregirlo otro tribunal (¿?) quizá de otra ciudad (¿?) para garantizar que examinador y examinado no se conocen, son ganas de alimentar la confusión y de no dar explicaciones, más teniendo en cuenta que «supuestamente» cuando se revisa la prueba escrita el examinador no conoce la identidad de la persona a la que corrige, sólo ve un código de barras. Las identidades se averiguan sólo después de la prueba oral, cuando abren los sobres que contienen las identidades y los exámenes escritos y cotejan los códigos de barras para, a continuación, calcular la nota final que obtendrá el opositor.

En cuanto a lo de la prueba oral, si bien el tribunal no tiene por qué reflejar al opositor cuáles han sido sus deliveraciones, discusiones internas y demás, tampoco tiene por qué negarse a decir qué fallos son los que han llevado al opositor a suspender teniendo en cuenta que los criterios de evaluación son públicos y aparecen reflejados en la convocatoria. Basta con sacar la hoja de criterios y señalar cuáles son los que no se cumplieron, sin necesidad de entrar en datos privados.

Este grado de ocultación ante los opositores que quieren conocer en qué han fallado sólo revela la escasa limpieza del proceso.

Espero que este testimonio sea útil a otras personas que pretendan hacer las pruebas para profesor de EOI. Que no os engañen.

Acerca de Hécate

Lee y me cuentas.
Esta entrada fue publicada en Testimonios y etiquetada , , , , . Guarda el enlace permanente.

2 respuestas a Quinto testimonio (bis): EOI

  1. Coral dijo:

    No es creíble la excusa de que no lo corrigieron ellos sino otro tribunal porque eso no es lógico. Las mismas bases indican que se nombrará un tribunal que será quien evaluará las pruebas.
    Por otro lado he asistido varias veces a las pruebas de oposición como vigilante en aula. Sí, como dice Silvia, se entrega a la entrada a cada opositor un código que barras que le identifica para garantizar la imparcialidad del tribunal, al no conocer la identidad de la persona cuya prueba corrige.
    Es absurdo también impedir la revisión de examen a un opositor cuanto más considero que es un derecho que le asiste.

  2. vengatriz dijo:

    Coral es abogada. Hacedle caso 🙂

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s